Hereda tranquilidad a tu familia

Skandia México / 5 septiembre , 2022

En nuestro día a día nos preparamos para un nacimiento y un casamiento, pero, ¿acaso no deberíamos hacerlo con la misma naturalidad, para la muerte? El ciclo de la vida es nacer, reproducirse y morir. Enfoquémonos a actuar en consecuencia.

Quedémonos con la idea de que nunca es demasiado temprano para tomar medidas de prevención en ningún aspecto de la vida, y menos aún para la muerte cuando se tiene familia.

De acuerdo con el INEGI, la esperanza de vida en México es de 75.3 años, y cada vez es más común encontrar personas que rondan los 90 años; sin embargo, eso no nos exenta de sufrir imprevistos como accidentes o enfermedades mortales, cuyos riesgos son dejar a nuestros seres queridos en el desamparo y nuestros bienes patrimoniales a la deriva, sin importar cuan joven se sea.

Cuando recién salí de la Universidad unos compañeros de la generación se casaron, jóvenes y sin hijos, viajaban a la primera oportunidad que tenían y aunque apenas llegaban a los 24 años; siempre se tomaban el tiempo de escribir su testamento: sus herederos eran sus padres y sus hermanos.

Existen diferentes tipos de testamento; el que hacían mis amigos se llama ológrafo porque era escrito de su puño y letra. Ahora bien, la Ley señala que para que tenga valor este documento manuscrito, debía estar depositado ante la autoridad competente, desconozco si eso también lo hacían, pero lo loable es que, pese a su juventud, mis amigos tenían la conciencia de lo importante que era definir, con anticipación, lo que querían hacer con sus pertenencias (pocas o muchas) y quién debería tenerlas en caso de que ya no regresarán de alguno de sus viajes. Eso es previsión y planeación.

Beneficios del testamento

a) Garantiza que la voluntad en vida del testador se cumpla en cuanto al reparto de su herencia.
b) El testador puede designar a un albacea o persona que se encargue de cumplir su voluntad, custodiar los bienes, y hacer entrega de éstos a los herederos.
c) Evita a los potenciales herederos de una serie de trámites ante un Notario o en el Juzgado que son bastante más costosos y largos.
d) Evita enfrentamientos y discusiones entre los herederos.

Tipos de testamento:

Los testamentos en materia civil se clasifican en:

A) Ordinario
1. Testamento público abierto: se otorga ante notario público.
2. Testamento público cerrado: el sobre que lo contenga deberá estar cerrado y sellado, y lo exhibirá al Notario ante testigos.
3. Público simplificado: en la misma escritura de adquisición de un inmueble destinado para vivienda, se establece a los herederos ante Notario Público.
4. Ológrafo: escrito de puño y letra del testador, y depositado ante la autoridad competente.

B) Especial
1. Privado: se realiza por diversas causas, entre éstas, una enfermedad que impida al testador asistir a la notaría o bien cuando no haya Notario Público o juez que actúe por receptoría en la comunidad en dónde se viva.

La elaboración de un testamento debe ser parte de una estrategia integral de administración patrimonial.

¿Ya sabes quién quiere que tenga y disfrute de tu patrimonio en caso de que faltes?, tus padres, esposo (a), hijos, hermanos, sobrinos, amigos, alguna institución de beneficencia, etcétera.

Tú, más que nadie, sabe quién va a hacer mejor uso de tu patrimonio; entonces, ¿quién debe designar a sus beneficiarios y asegurarse de que reciban lo que quiere?

Si postergas la elaboración de tu testamento, corres el riesgo de dejar sin protección a tus seres queridos, además de un problema de intestado cuya solución les puede llevar mucho tiempo y dinero que, posiblemente, no tengan.

Hacer un testamento no es “llamar a la muerte” como algunas personas suponen, sino hacerlo parte de una óptima estrategia de administración y protección de nuestro patrimonio. Es un documento que te permitirá dormir tranquilo mientras vivas y descanses en paz cuando ya no estés aquí.

Si aún no lo ha hecho, te sugerimos aprovechar que cada año, en el mes de septiembre, las notarías bajan notablemente la cuota por elaboración de testamentos. Además, si el próximo año o tiempo después decides que quieres cambiar tus condiciones o a tus beneficiarios, puedes hacerlo cuantas veces lo consideres necesario.

Cabe anotar que para hacer un testamento no es necesario preparar una lista con todos tus bienes ni exhibir las escrituras de las propiedades que tengas, salvo en el caso de que quieras dejarle algún bien en especial a una persona. En realidad, sólo necesitas decirle al notario a qué persona o personas quieres que pasen todos tus bienes cuando fallezcas.

Y recuerda, hacer un testamento no implica que ronden por tu cabeza pensamientos negativos, sino que estás cumpliendo con una de las condiciones imprescindibles de una óptima administración y protección patrimonial.

 

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